Ya puedes leer y descargar la revista Comercio Global Edición 37 realizada por el Departamento de Comunicación e Integración de CCIT.
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Capital Máximo desde – hasta
Capital desde | Capital hasta | Pagará cada año 0 y 5 |
---|---|---|
L 1.00 | L 200,000.00 | L 590.00 |
L 200,001.00 | L 400,000.00 | L 850.00 |
L 400,001.00 | L 700,000.00 | L 1,850.00 |
L 700,001.00 | En adelante | L 3,000.00 |
Cualquier controversia o conflicto entre las partes relacionado directa o indirectamente con este contrato, inclusive de su naturaleza, interpretación, cumplimiento, ejecución o terminación del mismo, se resolverá mediante el procedimiento de arbitraje, de conformidad con el reglamento del Centro de Conciliación y Arbitraje de la Cámara de Comercio e Industria de Tegucigalpa. En caso de que alguna de las partes interponga Recurso de Nulidad contra el Laudo Arbitral proferido por el Tribunal Arbitral respectivo, este recurso se tramitará y decidirá ante un Nuevo Tribunal Arbitral que se nombrará e instalará de conformidad a lo dispuesto en el Reglamento del Centro de Conciliación y Arbitraje de la Cámara de Comercio e Industria de Tegucigalpa y la Ley de Conciliación y Arbitraje. El Tribunal de alzada se constituirá únicamente para conocer del Recurso de Nulidad interpuesto. Las partes acuerdan, además, establecer como mecanismos válidos de comunicación, para los efectos de las notificaciones y comunicaciones, las siguientes direcciones de correo electrónico: A: _____________, y B: ______________. En caso de modificar la información electrónica antes indicada, cada parte tendrá la obligación de notificar dicha modificación a la otra, caso contrario cualquier notificación o comunicación realizada a la última dirección de correo electrónico establecida por las partes se tendrá como válida en el eventual proceso que se desarrolle.
Un error en estos datos representará una inscripción ineficaz de conformidad con la Ley y el Reglamento de Garantías Mobiliarias.Tipos de Modificaciones:
Capital Máximo desde – hasta
Desde | Hasta | Pagará Mensual |
---|---|---|
L 1.00 | L 50,000.00 | L 200.00 |
L 50,000.01 | L 100,000.00 | L 300.00 |
L 100,000.01 | L 300,000.00 | L 350.00 |
L 300,000.01 | L 600,000.00 | L 425.00 |
L 600,000.01 | L 1,000,000.00 | L 550.00 |
L 1,000,000.01 | L 2,000,000.00 | L 750.00 |
L 2,000,000.01 | L 4,000,000.00 | L 1,300.00 |
L 4,000,000.01 | L 6,000,000.00 | L 1,600.00 |
L 6,000,000.01 | EN ADELANTE | L 1,900.00 |
Banco | Nº de Cuenta | Tipo de cuenta |
---|---|---|
BANCO ATLÁNTIDA | 1202242606 |
CUENTA DE AHORRO |
BANCO ATLÁNTIDA | 1100210903 |
CUENTA DE CHEQUES |
BAC HONDURAS | 100350831 |
CUENTA DE CHEQUES |
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4. El pago de tasa registral de este formulario dependerá del tipo de búsqueda certificada que solicite:
Requisitos para el Registro de Empresas